Promoción inmobiliaria

Promoción en Régimen de Comunidad

El desarrollo de una promoción a través de una Comunidad de bienes es una fórmula de promoción inmobiliaria en régimen de autopromoción. Esta modalidad tiene sus bases en la figura jurídica de la Comunidad de Bienes regulada en el Código Civil, y ofrece a los futuros propietarios una serie de ventajas y garantías a lo largo de todo el proceso de construcción y entrega de las viviendas.

¿Qué es una comunidad de bienes?

Definición

La Comunidad de bienes es una fórmula de promoción inmobiliaria en régimen de autopromoción. Se basa en la figura jurídica de la Comunidad de Bienes regulada en el Código Civil, donde un grupo de personas se unen para adquirir un inmueble o solar y construir viviendas.

Características

La Comunidad de bienes carece de personalidad jurídica propia, pero sí tiene consideración fiscal independiente de sus socios. La representación y gestión de la Comunidad se delega en una Gestora, y cada comunero adquiere una cuota de participación indivisa.

Diferencias

La Comunidad de Propietarios es un tipo especial de Comunidad de bienes regulada por la Ley de Propiedad Horizontal, mientras que la Cooperativa es una figura jurídica independiente con personalidad propia.

Organización y gestión de la comunidad

Estatutos

La Comunidad se rige por los Estatutos, que establecen la organización, procesos de toma de decisiones, el órgano de gestión, las cuotas de participación y demás normas de funcionamiento.

Poderes

Los comuneros otorgan poderes a la Gestora para que pueda representarles en todos los trámites necesarios, evitando así la necesidad de su presencia en cada operación.

Gestora

La Gestora, KUVO Gestión Patrimonial, S.L., es la encargada de realizar todas las gestiones administrativas, técnicas y de ejecución de la promoción en nombre y representación de los comuneros.

Garantías y protecciones

Responsabilidades

Al igual que en una promoción tradicional, los agentes que intervienen en la edificación (proyectistas, constructores, etc.) tienen las mismas responsabilidades atribuidas por la Ley de Ordenación de la Edificación.

Cantidades anticipadas

Todas las cantidades entregadas por los comuneros estarán garantizadas y se depositarán en una cuenta especial, bloqueada y separada de la Comunidad.

Precio cerrado

El precio de la vivienda es cerrado y no podrá variar, salvo por modificaciones en el IVA. Cualquier desviación económica será asumida por la Gestora.

Calidades garantizadas

Las calidades definidas en el proyecto no podrán ser modificadas a la baja, salvo que el comunero acepte y pague los cambios.

Proceso de adhesión y entrega

  • Solicitud de adhesión

El interesado formaliza la solicitud de adhesión a la Comunidad y reserva de la vivienda mediante el pago de una señal.

  • Adhesión a la comunidad

Una vez aprobada la financiación, el interesado firma los documentos de adhesión a la Comunidad, los estatutos y el contrato de servicios con la Gestora.

  • Entrega de llaves

Finalizada la construcción, se otorga la escritura de división horizontal y se entregan las llaves de la vivienda, junto con la documentación correspondiente.

Regimen jurídico y transmisión

Disolución de la comunidad

La Comunidad de Bienes se disuelve con la adjudicación y entrega de las viviendas, pasando a regirse por la Ley de Propiedad Horizontal.

Regimen jurídico

Una vez entregadas las viviendas, el régimen jurídico aplicable será el de la Comunidad de Propietarios, regulado por la Ley de Propiedad Horizontal.

Transmisión de viviendas

Las viviendas adjudicadas a los comuneros serán libres, sin ninguna limitación legal por el hecho de haber sido adquiridas en régimen de Comunidad.

Plazos y financiación

Plazo de entrega

Financiación

Documentación

Ventajas del régimen de comunidad

Eliminación del Riesgo de Promotor

Los comuneros son los propios promotores, evitando el riesgo de quiebra o incumplimiento de una empresa promotora.

Precio cerrado

El precio de la vivienda es fijo, sin posibilidad de variación salvo por cambios en el IVA.

Calidades garantizadas.
Personalización de las viviendas.

Las calidades definidas en el proyecto no podrán ser modificadas a la baja sin el consentimiento del comunero.

Transparencia y control

Los comuneros tienen acceso a toda la documentación y el desarrollo de la promoción es controlado por la Gestora.